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El caso que muestra los extremos de la instrumentación política en la Justicia paraguaya

Posted on 5 noviembre, 20187 julio, 2019

En 2005 los organismos de seguridad de Paraguay, encabezados por el Ministerio Público, utilizaron como chivo expiatorio a 6 dirigentes campesinos –cinco de ellos dirigentes del Partido Patria Libre- en el afán desesperado de mostrar resultados en medio de un reclamo general de la sociedad en torno a la ejecución de la joven Cecilia Cubas, secuestrada desde 2004.[1]

Desde entonces se inició uno de los procesos más extremos en violaciones de garantías judiciales y derechos de los 6 acusados, solo comparable a los casos Curuguaty y el de los 14 campesinos. [2]

Testigo policial y cambio de carátula

Toda la acusación y el enorme peso punitivo del Estado pendió del testimonio endeble, contradictorio y cambiante de un testigo policial pagado, que para justificar la persecución afirmó que los 6 dirigentes participaron de una reunión partidaria donde se decidió de la muerte de Cecilia Cubas.

Primero el Ministerio Público imputó por “omisión de aviso de un hecho punible” a los campesinos, porque supuestamente se enteraron de la muerte de Cecilia Cubas pero no avisaron a las autoridades. Pero poco tiempo después el Ministerio Público pidió el cambio de carátula a “secuestro, homicidio doloso y asociación criminal”, a pesar de no presentar ningún elemento nuevo que ameritara dicho pedido.

Durante todo el proceso, cinco de los acusados dijeron que efectivamente participaron de aquella reunión, pero que en ella ni tan siquiera se habló del tema, rechazando de esta manera estar involucrados en el crimen.

Tanto las actas de la reunión -Patria Libre era un partido constituido legalmente ante el Estado paraguayo- como varios testigos que participaron en ella desmintieron al testigo policial, y afirmaron que en la ocasión se trataron temas partidarios corrientes, como la planificación para el año 2005 y las posibilidades de articulación con organizaciones rurales.

Amenazas al juez de garantías

En un primer momento del proceso, el juez de garantías Pedro Mayor Martínez denegó el pedido del Ministerio Público y la querella de llevar a prisión preventiva a los campesinos, ante la ausencia de fundamentos jurídicos que ameritara esta restricción de libertad.

Como respuesta, fue amenazado con ser destituido por el abogado querellante Enrique Bachetta, a la vez miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrado (JEM), órgano con potestad de sancionar a magistrados.

El mismo juez también denegó el cambio de carátula de la acusación, por no haber elementos nuevos que lo ameritaran, pero su decisión fue apelada y la causa encontró otros jueces que secundaron el proceso viciado.

 Asilo en Argentina

Frente a esta estigmatización y ataques a ellos y sus familias, los 6 campesinos y su defensa evaluaron que no había garantías de ser juzgados con imparcialidad en el país, por lo que optaron por hacer valer su derecho al asilo en Argentina, hacia donde salieron legalmente, porque entonces no contaban con ninguna restricción.

Mientras Argentina estudiaba el asilo, el Estado paraguayo emitió órdenes internacionales de detención, a lo que las autoridades argentinas respondieron encarcelándolos en distintas dependencias policiales y cárceles, hasta que fueron extraditados a Paraguay en 2008.

 Violaciones de derechos y garantías

Durante todo el proceso el Ministerio Público y los abogados querellantes violaron las garantías de los acusados, falsearon testimonios, impidieron su defensa, y estigmatizaron su militancia política, inventando evidencias, amenazando a jueces y forzando el proceso para mostrarlos como culpables de un crimen que no cometieron.

Por ese camino, éstos y otros actores judiciales,  hicieron añicos la presunción de inocencia de los campesinos y sus derechos a ser oídos en plazo razonable y por tribunales imparciales; a contar con el suficiente tiempo para la preparación de su defensa y la posibilidad de presentar evidencias.

También violaron sus derechos relacionados al principio de legalidad y retroactividad; de circulación y residencia; a la protección judicial; a la libertad personal; a la integridad personal; a la libertad de pensamiento y expresión y a la igualdad ante la ley.

Prisión preventiva como pena anticipada

A modo de muestra de las violaciones de derechos y garantías del debido proceso judicial, al inicio del juicio oral (febrero de 2012) los 6 campesinos ya llevaban más de cinco años encarcelados, sobrepasando el tiempo máximo establecido por ley para la prisión preventiva, y también sobrepasando el tiempo máximo de duración de un proceso judicial.

Estas dos situaciones, ilegales e irregulares, ya eran motivos para absolver a los mismos y declarar la extinción de las acciones si es que se respetaba el debido proceso. Pero cuando sus defensores lo requirieron, distintos tribunales lo denegaron desconociendo los años que pasaron presos en Argentina o interpretando las leyes procesales perjudicialmente contra los acusados.

Esto a pesar de que el tratado de extradición  y las leyes internacionales obligaban al Estado paraguayo a computar los años de prisión en Argentina.

Desde que fueron imputados hasta tener una sentencia definitiva, los 6 campesinos pasaron 11 años y medio en prisión preventiva, en un claro uso de la figura de la prisión preventiva como pena anticipada.

 Medidas de seguridad

Junto con la condena de 25 años, el tribunal de sentencia les sumó 10 años más de cárcel bajo la figura de medidas de seguridad.

La aplicación de las medidas de seguridad riñe con varios principios del derecho internacional de los derechos humanos, porque antes que condenar hechos delictivos, especula que en el futuro los acusados podrían cometer delitos y por eso le suma años de cárcel.

En agosto pasado los 6 campesinos, acompañados por la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY), agregaron información adicional al caso en estudio ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por la violación de los derechos señalados.

 

 

[1] Los 6 campesinos son Basiliano Cardozo, Arístides Vera, Simeón Bordón, Agustín Acosta, Gustavo Lezcano y Roque Rodríguez, agricultores y defensores de derechos de comunidades campesinas.  

[2] El caso Curuguaty se inicia con la masacre del 15 de junio de 2012 y la destitución de facto del presidente Fernando Lugo, y sigue con la instrumentación política de la causa con el fin de justificar jurídicamente los hechos políticos. El caso de los 14 campesinos y campesinas es otro proceso donde, luego de violar la mayoría de las garantías judiciales y derechos de los acusados por parte del Ministerio Público y otros actores judiciales, el Estado se vio obligado a liberarlos, ante la ausencia de evidencias jurídicas que comprobaran las acusaciones que hizo previamente.

 

 

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