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Estudiantes y padres piden la destitución del fiscal Julio Ortiz, quien se allanó al pedido de sobreseimiento planteado por la defensa del doctor Gustavo Rodríguez Andersen.

El juez Gustavo Bóveda rechazó el pedido de sobreseimiento planteado por la defensa del doctor Gustavo Rodríguez Andersen, docente de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), denunciado por acoso por una estudiante. El fiscal Julio Ortiz se allanó al pedido argumentando que los plazos procesales han fenecido.

El magistrado realizó un trámite de oposición y remitió el caso a la Fiscalía General del Estado, que tiene un plazo de diez días para ratificar o rectificar lo actuado por el fiscal Ortiz. Ello a raíz de que el magistrado consideró que existen elementos para una elevación a juicio oral.

Durante una protesta tras la finalización de la audiencia preliminar realizada este martes, padres y estudiantes pidieron la destitución del agente del Ministerio Público y solicitaron una reunión con el fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón. La petición que presentarán es la asignación de un nuevo fiscal en la causa y que el hecho no quede impune.

Rodríguez Andersen reconoció que acosó a la estudiante y ofreció cumplir algunas reglas de conducta, por el plazo de un año, como la prohibición de acercarse a la víctima, de salir del país, de cambiar de domicilio y donar la suma de G. 500.000 mensuales a un hogar que atiende a niños con discapacidad. La abogada de la estudiante, Kattya González, rechazó tajantemente la “reparación” ofrecida por el docente y exigió que sea juzgado y condenado por el daño del que es responsable.

Consultada sobre la decisión del fiscal, la abogada de la Codehupy, Sonia von Lepel, explicó que existe una limitación legislativa que va a contramano del acceso a la justicia. El Código Penal establece que el acoso sexual es un delito a “instancia de parte”, es decir que la víctima debe presentar una denuncia y que el Ministerio Público no puede actuar de oficio.

“Esta limitación legislativa contradice los compromisos internacionales asumidos por el Estado paraguayo para combatir y erradicar la violencia de género, por lo cual esto debe ser modificado”, afirmó. A esta situación se suma el agravante de que se trata de una agresión de un docente contra una estudiante, mediando una relación de poder que hace vulnerable a la víctima a represalias que pueden poner en riesgo su carrera académica y profesional. En efecto, nuestra normativa solo reconoce el acoso cuando existe una relación jerárquica y no admite la punibilidad del acoso entre “iguales” o compañeros de estudio o trabajo.

Von Lepel también criticó que el agente del Ministerio Público, en lugar de investigar el hecho punible, se haya encargado de culpar a la víctima alegando que esta fue la que subió al auto del acusado. “El fiscal también hizo responsable a la víctima de lo que le pasó haciendo comentarios como por qué ella subió al vehículo, dando a entender que si una persona sube a un vehículo de un hombre, este tiene el derecho a ultrajarla, violentarla e incluso matarla. Es decir, justifica la conducta de la persona a quien estaba investigando”, reforzó.

Foto: Sergio Daniel Riveros