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“Todos los habitantes de la República del Paraguay tienen derecho a una vivienda digna. El Estado establecerá las condiciones para hacer efectivo este derecho, y promoverá planes de viviendas de interés social, especialmente la destinada a familias de escasos recursos, mediante sistemas de financiamientos adecuados.” Constitución de la República del Paraguay, artículo 100.

Lastimosamente este derecho establecido en la Constitución Nacional, choca con la forma en la que se realizan las transformaciones de suelo y las reformas urbanísticas que desde el gobierno se viene impulsando. Los pobladores que habitan, muchos de ellos desde hace más de 30 años en las zonas ribereñas, son víctimas directas por la construcción de la Costanera capitalina.

En el caso de la Chacarita, no se tomó precauciones ante las inundaciones que podrían sufrir y que sufrieron durante este tiempo de construcción, y temen que ante una leve lluvia vuelvan a quedar totalmente bajo agua, como ya paso con los habitantes del Bañado Norte, por el mismo motivo.

Claramente no ha sido prioridad del gobierno, como sí lo son la necesidad de solucionar el problema de tráfico, el esparcimiento y el embellecimiento urbano. El Informe Anual sobre la Situación de los Derechos Humanos 2017 de la Codehupy, menciona en su capítulo “Derecho a la vivienda y derecho a la ciudad” que la solución para el problema que viven las familias se encuentra en que la avenida sea a la vez una protección costera, teniendo la ventaja de que ya está construida la parte más costosa. Falta construir compuertas, estaciones de bombeo, y canalizaciones, el costo de estas obras representa el 3% de lo gastado en hacer la avenida costanera.

Los pobladores de esta zona, integrantes del movimiento “Chacarita Resiste” vienen realizando reuniones, conversaciones y movilizaciones para encontrar una solución a sus problemas, y buscar generar diálogo y respuesta por parte de las autoridades estatales que deberían garantizar sus derechos básicos que en este momento están siendo totalmente vulnerados.

Ante esta situación, el martes 17 de julio en horas de la tarde, una comitiva de la Coordinadora de derechos humanos del Paraguay (Codehupy) compuesta por Oscar Ayala Amarilla, secretario ejecutivo y algunos miembros del grupo de trabajo sobre Defensores/as, protesta social y criminalización, se presentaron en la Carpa Antequera, para entablar conversación con los pobladores  de la chacharita y conocer más los detalles de la situación actual en la que viven.

En dicha conversación, comentaron que el día lunes, al culminar una reunión que tuvieron en la carpa Antequera, uno de sus compañeros defensor de derechos humanos, fue retenido por la policía y en dicho proceso sufrió violencia física. “Estamos siendo hostigados por los mismos policías que deberían garantizar nuestro derecho a reunirnos y movilizarnos, nos quieren hacer tener miedo y de esa forma desestabilizarnos”, comentó uno de los presentes.

Ante los reclamos de los integrantes del movimiento “Chacarita Resiste”, la Codehupy se comprometió como institución, acompañar a las familias en sus reclamos, entablar conversación con las autoridades pertinentes y exigir que cumplan  las obligaciones que tienen de garantizar a las familias el derecho a poder movilizarse, manifestarse, reunirse y tener acceso al diálogo con las autoridades sobre la problemática existente, participando así en la gestión para una solución.

“En esta zona, se están cerrando los refugios, las plazas que antes usábamos cuando subían las aguas, ellos hacen esto para que nosotros aceptemos cualquier cosa, y así se deshagan de nosotros.  ¿Y dónde nos vamos a ir? ¿Qué vamos a poder hacer? Están violando nuestros derechos a ser auxiliados, a tener refugios”. Expresó otra persona presente en el lugar.

Citamos a continuación las recomendaciones al Estado que se encuentran en el Informe Anual sobre la Situación de los Derechos humanos del Paraguay 2017 de la Codehupy:

Recomendaciones

Derecho a la participación, la información, la consulta y el consentimiento previo: en materia de proyectos que afectan a grandes porciones poblacionales, el Estado paraguayo deberá mejorar los procesos de toma de decisiones, fundando las iniciativas legislativas en los consensos humanos necesarios, a fin de evitar grandes impactos que desprotegen y afectan gravemente a la ciudadanía paraguaya.

Se deberán adoptar medidas más específicas con respecto a los refugios para que los mismos respondan a las necesidades reales de las personas.

También aquellas medidas tendientes a la realización de consultas previas,  libres e informadas, poniendo a disposición de la población mecanismos  efectivos de transparencia de información respecto a los fondos disponibles de los proyectos y sus programas de indemnización, lugares de reunión definitivos, planes de relocalización y uso de espacios públicos recuperados, etc.

Se debe mejorar el impacto humano que generan estos programas, la llegada efectiva de la acción estatal administrativa y los puntos de inflexión con los procesos comunitarios, atendiendo a que el conflicto de fondo es el ser humano y su relación con su territorio, donde se desarrolla su vida.

El estado, desde su posición de garante, debe modificar la Ley N° 5.389/15, introduciendo el derecho a una vida digna de las familias afectadas. Asimismo, deberá proveer de fondos suficientes al Plan Nacional de Derechos Humanos, a fin de que el eje de vivienda y salud sean efectivos en la realidad para los y las bañandenses.

El MOPC debe proveer información a la población actual y a la potencial afectada por el proyecto en curso de la construcción de la segunda fase de la costanera, y debe planificar conjuntamente con los y las bañadenses del norte y la construcción de los refugios y las viviendas, acorde con las necesidades reales de las familias que serán las usuarias y beneficiarias finales. La Municipalidad de Asunción, la Senavitat y el MOPC deben encargarse de coordinar las acciones pertinentes para garantizar el acceso a la vivienda digna de las familias del Bañado Norte.

El estado debe crear un mecanismo de trabajo con las familias del Bañado Sur, de modo a conocer y consultar, previo al inicio de los trabajos en el territorio, las necesidades reales de dichas familias, y priorizar en todo momento las necesidades de las personas antes que las que se relacionan exclusivamente con los intereses del MOPC y la Senavitat.

La Defensoría del Pueblo debería accionar en los casos graves de desalojo de facto o jurídico por el avance de las obras que existe actualmente y que padecen las personas pobladoras del Bañado Sur.