El Estado paraguayo rindió cuentas sobre la situación de los derechos humanos en el marco del Examen Periódico Universal (EPU), durante el cual recibió numerosas recomendaciones, entre las cuales una de las más recurrentes fue la necesidad de designar un Defensor/a del Pueblo mediante un proceso transparente que garantice la independencia de la institución y que, ésta funcione según los Principios de Paris.
Durante tres horas, unos 79 Estados miembros de la ONU formularon observaciones y recomendaciones al Paraguay para que mejore la situación de los derechos humanos en el país. Desde países cercanos como Argentina, Brasil y Estados Unidos, hasta otros como Islas Marshall, Fiji o Timor Leste, recomendaron cursos de acción y medidas correctivas en temas tan diversos que van desde la trata de personas, la violencia contra la mujer o el hacinamiento en las cárceles hasta la protección de defensores/as de Derechos Humanos y periodistas.
El EPU es un mecanismo de monitoreo entre Estados para el cumplimiento de los derechos humanos. Todos los 193 Estados Miembros de la ONU deben pasar por un examen entre pares, cada cuatro años, ante el Consejo de la ONU, para rendir cuentas de los esfuerzos que han hecho para aplicar las recomendaciones recibidas en los exámenes anteriores, así como para presentar las medidas que han adoptado para mejorar la situación de los derechos humanos en el país. Esta mañana, Paraguay rindió el examen ante el EPU por tercera vez. Las anteriores ocasiones fueron en los años 2011 y 2016.
En esta ocasión un tema destacado fue la falta de transparencia en el proceso de designación del Defensor del Pueblo y la falta de adecuación de la institución a los Principios de París. Estos principios, son unos criterios de aplicación internacional que establecen las Naciones Unidas para que las Defensorías del Pueblo cumplan criterios básicos de independencia en su integración y funcionamiento.
Cabe recordar que ya en marzo 2019 el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos recomendó que se confiriese el estatus B a la Defensoría del Pueblo del Paraguay por no cumplir ni adecuarse a estos criterios.
Varias delegaciones de Estados miembros de la ONU, entre ellas Chile, CostaRica, Finlandia, India, Irlanda, Estados Unidos, México, Namibia, Nepal, Pakistán, Rumania, Sudán, Ucrania y Uzbekistán señalaron su preocupación por este aspecto y recomendaron adoptar un proceso de designación del titular que garantice la transparencia, independencia y selección basada en méritos de defensa de los derechos humanos. Conforme a normas constitucionales y legales, el Defensor del Pueblo actual tiene el mandato vencido desde la conformación de la legislatura actual, en julio de 2018.
RESUMEN EJECUTIVO DE COMPROMISOS DEL EPU – SEGUNDO CICLO
Instituciones Nacionales de DDHH y Obligaciones Internacionales
Defensores de Derechos Humanos
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