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La ley ampara que las trabajadoras domésticas solo accedan al 60% del salario mínimo legal vigente.

El pasado lunes 10 de octubre, trabajadoras domésticas de Asunción y de Itapúa llegaron hasta el Parlamento Nacional para solicitar que las Comisiones de Equidad y Género y de Derechos Humanos de la Cámara de Senadores emitan un dictamen sobre el Proyecto de Ley “Que modifica el artículo 10 de la Ley No. 5407/15 Del Trabajo Doméstico”, reporta el Informativo Mujer.

El proyecto de ley fue presentado el 30 de marzo en conmemoración del Día Internacional del Servicio Doméstico y busca modificar el Artículo 10 de la Ley Nº 5.407/2015 que establece que “el salario mínimo legal para el trabajo doméstico no será inferior al 60% (sesenta por ciento) del salario mínimo legal”. Las organizaciones consideran que este artículo es discriminatorio, añade la nota.

A través de esta norma es legal que el empleador o la empleadora paguen solo un salario de G. 1.094.433, lo cual implica una discriminación, pues se baja el piso de la remuneración mínima respecto al régimen general bajo el pretexto de que las trabajadoras del sector también reciben techo y comida como parte de pago. Sin embargo, esta situación se traduce en una mayor explotación laboral con una jornada de trabajo que excede las ocho horas reglamentarias y en muchos casos las trabajadoras no cuentan con días libres en la semana, ni seguro social ni jubilación.

El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Hugo Richer, prometió que para el próximo martes 18 de octubre pondría en el orden del día de la comisión el tratamiento de la modificación del Proyecto de Ley. De la reunión participaron Myriam Agüero, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (Sintradop), Blanca Galeano, de Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (Sintradi), y las abogadas Sonia von Lepel y Graciela Azcona. También está prevista una audiencia con la senadora Mirta Gusinky.

“Queremos que nuestra ley sea tratada en el transcurso de este año, porque si el salario mínimo no alcanza hoy para vivir,  nosotras  tenemos la limitación en la propia ley, porque el artículo 10 dice que el empleador o la empleadora está solamente obligado a pagar el 60% del salario mínimo. Consideramos que esto es una discriminación”, dijo Agüero.

El sector de las trabajadoras domésticas es uno de los más vulnerables y que sufren mayor desprotección, pues no existe ningún control sobre las condiciones laborales y eventuales casos de abuso que se puedan registrar en el ámbito cerrado de los hogares como lugar de trabajo.

Las organizaciones que aglutinan a las trabajadoras del sector son la Asociación de Empleadas del Servicio Doméstico del Paraguay (ADESP), el Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (SINTRADOP), y el Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (SINTRADI), que vienen trabajando desde hace años contra la discriminación que sufren, que incluso está amparada por la ley.

Cabe recordar que durante el último Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Estado paraguayo se comprometió a revisar las disposiciones laborales que puedan dar lugar a la discriminación de las trabajadoras y los trabajadores domésticos. Asimismo, aceptó la recomendación de avanzar hacia la aprobación de una ley que prohíba el trabajo de niños menores de 14 años, así como las peores formas de trabajo infantil y el trabajo infantil doméstico. También se comprometió a erradicar la práctica del criadazgo y demás formas de trabajo infantil.

Representantes de las trabajadoras domésticas en reunión con el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Hugo Richer. Foto: Igual Valor, Iguales Derechos