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El organismo que califica a las defensorías del pueblo a nivel internacional bajó de categoría a la Defensoría del Pueblo de Paraguay en marzo de 2019, como consecuencia de la falta de transparencia en el proceso de elección del defensor y falta de independencia en el cumplimiento de su mandato. La Codehupy recomendó, a través de un informe remitido a Naciones Unidas, que se designe de forma urgente un nuevo defensor/a en base a méritos comprobables en materia de derechos humanos.

Los principios de Paris son el conjunto de requisitos por los cuales deben regirse las defensorías del pueblo, instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de los derechos humanos en sus respectivos países. El cumplimiento de dichas reglas es vigilado por el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.

Fue este organismo el que en marzo de 2019 solicitó que la Defensoría del Pueblo de Paraguay descienda de la categoría “A” a la “B”, por una serie de razones que citamos a continuación:

  • Porque el proceso de designación del titular no fue lo suficientemente amplio y transparente.
  • El proceso de remoción del Defensor del Pueblo no es independiente y objetivo.
  • La entidad no tiene un nivel razonable de financiación.
  • No alienta la ratificación de tratados de derechos humanos y no interactúa con los sistemas de protección internacional de derechos humanos presentando informes y/o comunicaciones, apoyando o participando de las misiones de los procedimientos públicos especiales y supervisando o promoviendo el cumplimiento de recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Es decir, la Defensoría del Pueblo de Paraguay bajó de categoría por el incumplimiento de sus principales tareas como institución que debe ocuparse de velar por el cumplimiento de los derechos humanos dentro de la estructura del Estado.

En octubre del año pasado la Codehupy envío a Naciones Unidas un informe en el marco del Examen Periódico Universal (EPU), un instrumento de rendición de cuentas sobre la situación de derechos humanos al que se someten los países que forman parte del sistema de Naciones Unidas.

En dicho documento, se recomendó que el Estado paraguayo designe un nuevo Defensor del Pueblo, atendiendo a la expiración del mandato del actual en 2018, asegurándose de reglamentar y poner en vigencia un procedimiento de selección que sea transparente, participativo y que garantice la selección basada en méritos comprobables de competencia y trayectoria en la defensa de los derechos humanos. El informe también señala la necesidad de que el proceso de selección sea plural para asegurar la independencia de la institución y la confianza de la ciudadanía en ella.

Además, se recomendó asegurar que la institución se ajuste plenamente a los Principios de París, dando cumplimiento a las recomendaciones del Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. En mayo próximo, el Estado paraguayo se presentará a rendir el EPU y en esa oportunidad, deberá explicar lo que ha hecho sobre la Defensoría del Pueblo.